Tasas municipales: la Justicia federal declaró inconstitucional la resolución de Caputo
Reconoció la autonomía municipal ante un reclamo de Pergamino, luego que el Gobierno prohibiera a los intendentes cobrar tasas en boletas de servicios.
La Justicia Federal de San Nicolás declaró la inconstitucionalidad de la resolución de 2024 que impulsó el ministro Luis Caputo que le prohibía a los intendentes incluir en las facturas cargos ajenos al servicio contratado por el consumidor, como las tasas municipales.
Una disputa de larga data con los intendentes
Como informó Agencia DIB, el Gobierno de Javier Milei renovó en las últimas horas la disputa por las tasas municipales. Y para ello, incorporó un nuevo mecanismo al sitio web oficial de la Jefatura de Gabinete, para que los ciudadanos puedan denunciar la aplicación de tasas en todo el país.
La confrontación no es nueva. Ya en abril de 2025 Caputo había cuestionado a varios intendentes peronistas por las tasas. Y hacia fin de año volvió a referirse al tema y recomendó no comprar en los supermercados del municipio de Pilar, debido a una tasa impuesta por la gestión del intendente peronista Federico Achával.
Sin embargo, el cobro de tasas tuvo triunfos y derrotas de los intendentes en tribunales. El año pasado, el juez Oscar Alberto Papavero, a cargo del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín rechazó la acción de amparo presentada por la Municipalidad de Tigre, que buscaba declarar la inconstitucionalidad de la resolución. Así, el municipio no podrá recaudar tasas municipales a través de las facturas de servicios públicos.
Pero tiempo después, la Cámara Federal de San Martín ratificó un fallo de primera instancia del Juzgado Federal de Campana y declaró inconstitucional la resolución.
En los últimos años, se volvió una práctica común que en las boletas de electricidad se incluya el cobro de otros servicios, como el pago de seguros de vida o créditos. De este modo, el Gobierno prohibió todas las tasas que se cobran de manera directa a los usuarios y que no tienen relación con el consumo del bien o servicio adquirido.
Fuente: Agencia DIB
